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Caducidad, Cuerpo Nacional de Policía, Infracción administrativa, Infracciones leves, Ley 39/2015, Ley Orgánica 4/2010, Procedimiento sancionador, Régimen disciplinario, Sentencia, Tribunal Supremo
El artículo 46 de la Ley Orgánica 4/2010, de 20 de mayo, del Régimen disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía, dispone que “La resolución que ponga fin al procedimiento disciplinario y su notificación al interesado deberá producirse en un plazo que no podrá exceder de seis meses desde la fecha del acuerdo de incoación del expediente”.
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